LEGISLACIÓN 

**Obligaciones legales al vender velas o ceras perfumadas** Tanto para individuos como para profesionales, es imperativo comprender los términos y condiciones que deben observarse al comercializar velas o ceras perfumadas. 

Cada producto deberá contar con una ficha de datos de seguridad adecuada y un etiquetado conforme a las regulaciones del Sistema de Clasificación, Etiquetado y Embalaje (CLP). La ficha de CLP debe ser elaborada según los productos empleados en la fabricación de sus creaciones, siendo única e identificativa en cada caso. 

Este documento proporciona un análisis exhaustivo de las obligaciones legales que deben ser cumplidas. 

En un contexto donde la calidad y la seguridad de los productos son prioritarias, el entendimiento y la adherencia a la normativa vigente sobre velas y ceras perfumadas se vuelve esencial. 

Este artículo tiene como objetivo aclarar sus responsabilidades legales, así como las normativas CLP pertinentes y el etiquetado requerido para sus artículos. 

 

El cumplimiento de las regulaciones varía según la situación. 

 

**Uso Personal** Si produce velas o ceras aromáticas de manera privada, para su uso personal o para familiares, no enfrenta obligaciones específicas, salvo la responsabilidad de mantener los productos alejados de la luz y fuera del alcance de los niños.

 

 **Uso Profesional** La situación cambia significativamente si decide comercializar velas o ceras, ya sea desde su domicilio, en un mercado o en un establecimiento. En este caso, deberá cumplir con las normativas establecidas.

 

 

 Es relevante señalar que la Dirección General de Competencia y Consumo (DGCCRF) lleva a cabo auditorías periódicas en los puntos de venta. **Normativas Aplicables** El reglamento AFNOR establece normas europeas enfocadas en la seguridad contra riesgos de incendio relacionados con velas. 

Este reglamento se aplica exclusivamente a las velas. Por otro lado, la normativa CLP tiene como objetivo informar a los consumidores sobre riesgos para la salud y el medio ambiente.

 

 La regulación AFNOR busca prevenir riesgos asociados a la combustión de velas, sugiriendo consejos sobre su uso. Desde el 1 de enero de 2019, el etiquetado AFNOR exige 9 pictogramas obligatorios (GHS 01 a GHS 09), incluyendo un triángulo con un signo de exclamación y otros 8 pictogramas que aportan recomendaciones sobre la seguridad en el uso de velas. Es fundamental respetar estas normas para salvaguardar la seguridad de los clientes y mitigar riesgos de incendio.

 

 Los pictogramas, que se aplican tanto a sustancias como a mezclas peligrosas, permiten identificar el riesgo del producto químico utilizado. La normativa CLP señala posibles riesgos asociados a liberaciones al medio ambiente y peligros de alergias o irritaciones cutáneas, oculares y respiratorias. Por lo tanto, una persona sensible o propensa a alergias puede considerar que el uso de dicho producto es potencialmente peligroso.

 

 **Etiquetado CLP** Cada vela debe llevar una etiqueta que incluya información sobre el producto (nombre, sustancias usadas, riesgos para la salud y/o el medio ambiente, precauciones de uso y datos de contacto del proveedor).

 Los elementos obligatorios en las etiquetas conforme a la normativa CLP son: 

- Nombre del producto (que debe coincidir con la etiqueta y el estándar UFI/MSDS)

 - Datos de contacto del fabricante (nombre, dirección, teléfono) 

- Advertencia de peligro, tanto en texto como en pictograma (ambos son obligatorios)

 - Número UFI (si el producto requiere declaración obligatoria) 

- Peso neto del producto (salvo que se indique lo contrario) 

 

**Pictogramas de Seguridad** En el caso de las velas, deben incluirse cuatro pictogramas de seguridad de acuerdo a la ley:

 

 - Símbolo general de peligro (triángulo amarillo con un signo de exclamación)

 - Advertencia contra dejar una vela encendida sin supervisión 

- Recomendación de mantener alejadas las velas de materiales inflamables

 - Precaución de mantener fuera del alcance de niños y animales. 

 

Adicionalmente, algunos pictogramas son específicos para ciertos tipos de velas, mientras que otros son opcionales y pueden ofrecer recomendaciones adicionales de uso.

 

 **Legislación Simplificada:

 

 Perfumes y Código UFI** Las fragancias en concentraciones inferiores al 1% no están sujetas a la obligación de declarar el UFI en sus velas, al igual que las velas sin fragancia, lo que simplifica la comercialización de sus productos perfumados. 

 

**Código UFI: Importancia y Obligaciones** El UFI, o Identificador Único de Fórmula, es un código que identifica de manera única una fórmula específica. Este código debe ser incluido en: - Todas las fórmulas clasificadas como peligrosas. - Formulaciones en las que las fragancias se usen con diluciones superiores al 10%. 

 

El UFI es un código alfanumérico de 16 caracteres que debe aparecer en la etiqueta de mezclas peligrosas previamente notificadas. La empresa que comercializa estos productos también está obligada a proporcionar información adicional sobre la mezcla a los centros de toxicología. Todos los productos con la misma codificación UFI compartirán la misma composición. En caso contrario, la codificación variará.

 

 La finalidad del UFI es facilitar la identificación rápida del producto involucrado en caso de emergencia, a fin de actuar de manera oportuna. 

 

**Cómo Crear un UFI** Para generar un UFI para una mezcla determinada, se requiere el número de identificación fiscal de la empresa junto con el código de formulación específico de la mezcla. Ambos datos deben ser ingresados en la herramienta online del Generador de UFI, la cual proveerá el UFI correspondiente. Es importante mencionar que ningún número de producto de un distribuidor es válido para usar como UFI, ya que este código debe identificar exclusivamente sus propios productos.

 

 **Notificación a los Centros de Información Toxicológica** IUCLID (Base de Datos Internacional de Información Química Uniforme) es una herramienta utilizada para gestionar datos sobre las propiedades intrínsecas y peligrosidad de las sustancias químicas, sirviendo a reguladores e industrias. El formato de notificación para los centros de información toxicológica se utiliza para preparar información sobre mezclas clasificadas como peligrosas, en conformidad con el reglamento CLP. Los servicios en la nube de la ECHA permiten a las empresas europeas preparar y presentar expedientes en formato IUCLID, tras la creación de una cuenta en la plataforma y la aceptación de sus términos. 

 

**Fragancias sin Código UFI** Los aceites de fragancia que no son clasificados como peligrosos (es decir, no contienen alérgenos, irritantes o sustancias inflamables en concentraciones perjudiciales) no requieren un UFI. Asimismo, si el aceite se diluye por debajo del umbral donde sus componentes se considerarían peligrosos, podría no ser necesario un UFI.

PICTOGRAMAS 

Pictogramas obligatorios

Puedes usar pictogramas o menciones de texto

PICTOGRAMAS

Pictogramas obligatorios en función del producto

Puedes usar pictogramas o menciones de texto

PICTOGRAMAS

Pictogramas opcionales
 

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